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Aplicación de reforma del Reglamento Interno del Consejo de la Magistratura a todos aquellos concursos que se encuentren en trámite

Sin perjuicio de haberse publicitado por las vías legales pertinentes lo dispuesto en la Resolución Nº 1498/19, por medio de la cual se reformó parcialmente el Reglamento, se hace saber a los interesados que el vencimiento de los informes psicológicos se traslada hasta después de la evaluación escrita, como así también que resulta requisito para la integración de la terna haber obtenido un puntaje mínimo de diez (10) puntos en la entrevista oral.

Ello en virtud de lo dispuesto en el artículo II. de la mentada resolución, el mismo es de aplicación directa a los concursos que se encuentran en trámite.

 

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